La Corte Constitucional resolvió una demanda que la señala como nociva para el ambiente e indicó la fecha a partir de la cual no será legal practicarla.
La mayoría de quienes pescan lo hacen por razones de subsistencia, sea para comerciar o consumir. Otros, por motivos culturales o recreativos; entre estos se encuentra la llamada “pesca deportiva”, que consiste en “echar una línea al agua con el propósito de atrapar o intentar atrapar un pez, usando un sedal, un anzuelo, una caña y un carrete conforme a las Reglas Internacionales de Pesca”, según la define la Asociación Internacional de Pesca Deportiva.
Esta actividad se debe ejercer intentando causar mínimo daño al animal, usando “aparejos y anzuelos con púas que no lastimen a los peces, evitando los tiempos excesivos de lucha y manipulación de los mismos por fuera del agua y castigando las prácticas que dan muerte injustificada a los especímenes”, de acuerdo con lo señalado por la Procuraduría en el proceso de demanda de inconstitucionalidad que resolvió la Corte Constitucional a principios de este mes.
Apelando al principio de precaución, que explicita que en asuntos de protección ambiental es mejor prevenir que lamentar, la Corte decidió prohibir esta forma de pesca a partir de 2023, por considerar que se trata de una forma de maltrato animal.
La discusión surgió a raíz de una demanda instaurada por un ciudadano contra varios artículos de la norma colombiana que autorizan la pesca deportiva. Para el demandante, “se trata de una actividad que no tiene otra finalidad que su realización misma y, en cambio, genera efectos nocivos para el ambiente, como la afectación de las especies protegidas o la explotación excesiva de los recursos hidrobiológicos”, según reza en el informe de la Procuraduría.
La Corte Constitucional prohibió esta forma de pesca en todo el territorio nacional al considerarla maltrato animal. La decisión tendrá efecto a partir del 2023. El pronunciamiento de la Corte
La Corte destaca que “aunque no es posible definir con certeza absoluta las consecuencias de la pesca deportiva, en términos de los principios de protección y bienestar animal, ni el impacto y deterioro de los recursos hidrobiológicos, sí existe información científica relevante que exige evitar impactos nocivos en estos seres y su entorno, por lo que debe preferirse la exclusión de la actividad”. Así, Colombia se convierte en el primer país en prohibir la pesca deportiva.
Esta afirmación tiene sustento legal no solo en el susodicho principio de precaución, sino también en el artículo 1 de la Ley 1774 de 2016, que declara a los animales como seres sintientes, y el artículo 6 de la Ley 84 de 1989, que definió y prohibió las formas de maltrato animal.
A través de la sentencia C-148-22, el órgano judicial declaró inexequibles todos los apartados que legalizaban la pesca deportiva y la postulaban como una excepción permitida; a saber, el artículo 273 del Decreto - Ley 2811 de 1974, el artículo 8 de la Ley 84 de 1989 y el artículo 8 de la Ley 13 de 1990.
Reacciones
Al ser consultado sobre el tema por El Universal, Nicolás del Castillo Piedrahíta, director de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap), manifestó que está a la espera de conocer el texto completo del fallo de la Corte antes de emitir un criterio, pero se permitió opinar que le resulta contradictorio “prohibir la pesca deportiva, cuyo impacto ambiental es fácil de controlar y termina con la liberación del pez, al tiempo que se permiten prácticas como la tauromaquia o la pesca de arrastre”.
La decisión también generó protestas en las comunidades donde esta modalidad se había convertido en una actividad turística, como Bahía Solano y Buenaventura. El Instituto Agustín Codazzi, por su parte, resaltó que la Corte no consultó su criterio a la hora de proferir el fallo. Adicionalmente, no se han publicado estudios que permitan medir el impacto ambiental de la pesca deportiva en Colombia, lo que suma dudas sobre la sentencia.
Sin embargo, la decisión de la Corte estaría acorde con investigaciones internacionales que han mostrado que la pesca deportiva se encuentra pobremente regulada en muchos países y no siempre se practica de modo sostenible.
Warren Potts, profesor de ciencias de pesquerías de la Universidad de Rhodes y uno de los autores de la investigación Fish and fisheries (“Peces y pesquerías”) enfatiza que muchos gobiernos subestiman el impacto de esta actividad, la cual puede desequilibrar poblaciones enteras debido a que extrae los miembros más grandes, fuertes y aptos para reproducirse, genera contaminantes y muchas veces está permitida para peces prohibidos en la pesca comercial.
Fuente: El Universal
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